Ideología de género y legislación – Parte 2

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Continuamos hablando con la Dra. en Derecho y Ciencias Sociales Grissel Pereyra. Grissel nos explica las leyes que defienden la ideología de género y lo que estas implican. También nos informa acerca de los derechos y obligaciones de los padres que defienden la patria potestad y nos anima a hacer valer estos derechos ante la ley. Te invitamos a conocer estas leyes y la libertad de los padres enseñar a sus hijos de acuerdo a sus creencias.


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EA0910 – Entre Amigas –
Ideología de género y legislación – Parte 2



Entrevista a Grissel Pereyra

 

Victoria: Hola queridas amigas, estamos en Entre Amigas y ha llegado el momento de la entrevista, en la que nos acompaña nuevamente la Dra. Grissel Pereyra. En la entrevista anterior estuvimos hablando de lo que es la ideología de género, el alcance que tiene y cómo lo podemos ver en distintos ámbitos de la sociedad. En este programa continuaremos hablando de estos temas pero antes queremos agradecerte, Grissel, por estar con nosotros.

Grissel: Cómo no, un gusto, como siempre. Estoy a las órdenes para cuando quieran hablar de estas cosas, porque son muy importantes.

Victoria: Sin duda son cosas que cada vez se están volviendo más comunes. Vamos a hablar en esta entrevista específicamente de los más pequeños, los que están en construcción, que están formando su vida y su identidad. También vamos a ver el rol de los padres y de toda la familia en lo que tiene que ver con la educación. Grissel, estuvimos hablando de algunos conceptos que llegaron con la ideología de género, o previo a la ideología y prepararon el camino para ella, ¿no es así?

Grissel: Sí, exactamente. Yo entiendo que esto es bien importante porque muchas veces no se conoce. Para mí como abogada es diferente porque estoy en el tema legal y por lo tanto tengo los conceptos bien claros, pero tanto los que nos están escuchando desde nuestro país o fuera del país, muchas veces no manejan determinados conceptos y creen que está todo bien. Cuando se aprueba una ley, la mayoría de las personas asume que es buena, porque entendemos que las leyes de un país deben ser buenas, deben conducir a las personas de ese país. Pero lamentablemente no es así. El asunto es que, como tú bien decías, hace ya unos años se introdujeron conceptos que fueron recogidos por nuestras leyes, sobre todo en el código de la niñez y de la adolescencia, que es una ley. Uno de esos conceptos es el de confidencialidad y el otro es el de autonomía progresiva. ¿Qué es el concepto de confidencialidad que ha sido introducido en el código de la niñez y de la adolescencia y en otras leyes nuestras también? Es el derecho que se les otorga a los operadores de la salud, pueden ser médicos, terapeutas, psicólogos, psiquiatras, de que cuando son consultados menores de 18 años, es decir niños y adolescentes, no tienen la obligación de decirles a los padres la razón de la consulta. Por ejemplo, si una niña está embarazada, le va a consultar a un médico ginecólogo y le dice que sus padres no lo saben pero que ella quiere abortar, ese derecho de confidencialidad le otorga al médico la posibilidad de que si los padres van y le preguntan qué es lo que consultó su hija, le puede decir que hace uso del derecho de confidencialidad y no le va a decir. Lamentablemente es así. Es como el derecho al secreto profesional. Lo mismo si fuera con cualquier otra situación. Entonces, si lo traemos a un niño o a un adolescente que consulta a un médico para hacerse un tratamiento hormonal porque quiere cambiar su identidad sexual, y los padres van al médico para consultar, sucede lo mismo, el médico hace uso del derecho de confidencialidad y no les dice a los padres.

El otro concepto es el de autonomía progresiva, y significa que los menores van madurando y por lo tanto esa madurez les va dando derecho a la autonomía, o sea, a ellos elegir lo que creen conveniente para sus vidas. Entonces dejan en las manos de los niños y adolescentes el decir si están aptos o si ya son maduros para tomar determinadas decisiones como las que dije antes, por ejemplo, u otras. Entonces a los niños y adolescentes les dicen que de acuerdo con la madurez que consideran que tienen pueden decidir qué es lo que tienen que hacer en un caso determinado.

Victoria: O sea que ya no son los padres, tampoco es quien dicta las leyes, sino que es el propio niño el que se considera lo suficientemente maduro como para tomar determinada decisión. O sea que los niños se autoevalúan, ¿no?

Grissel: Exactamente, cosa que es totalmente ilógica y contraria a la razón, porque son adolescentes. La palabra adolescente viene de adolecer, quiere decir que son personas pero que aún no están formadas, aún no son maduras ni física ni intelectual ni emocionalmente. Por lo tanto, ¿cómo se les va a permitir que ellos mismos, que adolecen, puedan decidir en situaciones que son gravísimas? De ninguna manera. Por lo tanto, es algo que va en contra del sentido común y no solo eso, sino que también va contra las propias leyes. Ahora vamos a referirnos a lo que las leyes dicen en cuanto al derecho de los padres a educar a sus hijos.

Victoria: ¿Cuáles son los derechos y las obligaciones de los padres?

Grissel: Pero antes de adentrarme en eso quiero hablar de algo que es muy importante, es fundamental para que puedan entender, para que pongan en práctica y para que reclamen, en el buen sentido de la palabra, el cumplimiento de las leyes de las que vamos a hablar, que están vigentes pero que aún así son violadas. Esto de lo que hablábamos, de autonomía progresiva, de lo que es la confidencialidad, de lo que es la propia ideología de género, la educación, viola el derecho de los padres a educar a sus hijos. Quiero dejar rápidamente una diferenciación que es muy importante en cuanto a lo que significa educar, y lo que significa enseñar. Porque enseñar significa transmitir conocimiento, o sea, es la transmisión de las materias que se dan en la escuela, liceo o centro educativo. Eso es enseñar y a eso se va a los centros de enseñanza, a aprender estas materias que forman parte del conocimiento. Pero otra cosa es educar. Educar es un término que significa dirigir, significar, formar la personalidad de un individuo. Significa encaminar y, en síntesis, impartir valores, impartir principio. Por lo tanto, educar es un concepto que corresponde a los padres. Y eso no solo lo decimos nosotros porque pensamos que es así, sino que también lo dicen nuestras leyes en Uruguay y en otros países también. Hay que saberlo. Padres, tutores, responsables de menores de 18 años tienen que saber qué es lo que dice nuestra constitución en el Art. 40: Que la familia es la base de nuestra sociedad, y que el estado velará por su estabilidad moral y la mejor formación de los hijos dentro de la sociedad. La familia es la base. El artículo 41 de la constitución, más específico aún, dice que el cuidado y la educación de los hijos para que estos alcancen su plena capacidad corporal, intelectual y social es un deber y un derecho de los padres. Queda clarísimo solo con esto, pero le agregamos más todavía, por ejemplo el Art. 252 del Código Civil, que dice que la patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que la ley atribuye a los padres en la persona y en los bienes de sus hijos menores de edad. Aún tenemos más, el artículo 258 del mismo Código Civil dice que los padres dirigen la educación de sus hijos y que los representan en todos los actos civiles. Hay un artículo que no quiero dejar de mencionar que también está en el Código Civil y que para nosotros, como cristianos, es muy significativo. El Art. 256 dice que los hijos, cualquier sea su estado, edad y condición, deben honrar y respetar a su padre y a su madre. Este artículo surge de uno de los mandamientos que Dios le da a Moisés, el único mandamiento con promesa de los diez. ¿Por qué es esto? Porque nuestro derecho fue tomado en parte de la civilización judeocristiana sobre la que se fundó nuestro país, y es importante destacarlo y decir que estos artículos están vigentes actualmente en Uruguay. También el propio código de la niñez y la adolescencia que hoy mencionábamos que introduce la autonomía progresiva y la confidencialidad tiene otro artículo, el 16, que les da a los padres o a los responsables el derecho de prestar orientación y dirección para el ejercicio de los derechos sobre los menores. Entonces nosotros contamos con diferentes leyes que establecen que son los padres que tienen el derecho y la obligación, el deber de educar. Educar es formar, es dirigir, es transmitir valores. Entonces todo lo que tiene que ver con la educación sexual corresponde a los padres. Si el Estado, como en el caso de nuestro país y de otros países, se arroga la facultad de, además de enseñar, también educar, debe hacerlo respetando el derecho de los padres. Sí o sí debe respetar lo que dicen las leyes sobre lo que es el derecho y el deber de los padres, como lo que es educar en estos términos. Por lo tanto la educación sexual es un tema que corresponde a los padres y son ellos los que deberán decidir qué es lo que les quieren enseñar a sus hijos sobre este y otros temas que tienen que ver con la transmisión de valores.

Victoria: Qué importante esa puntualización que hacías de que es un derecho y una obligación. Porque muchas veces se puede descansar, no sé si la palabra es descansar, pero se puede pensar que no se tiene cómo reclamar determinados derechos. También es importante tener en cuenta que es una obligación el estar atentos a qué es lo que están aprendiendo los hijos, el revisar cuáles son las conductas, cuáles son las cosas que ven, que escuchan, y cuáles son las ideas que se les están siendo inculcadas. Muchas veces vemos que el tiempo pasa rápido y de repente los niños ya están teniendo sus propios razonamientos y van sacando deducciones de todo lo que ven y oyen. Qué importante lo que decías de esa obligación, no solo ante la ley sino también ante Dios.

Grissel: Exactamente, que es lo que obviamente condice con lo que Dios manda, con lo que la Palabra de Dios quiere. Sin duda que es muy importante.

Victoria: Grissel, muchas gracias por acompañarnos en estos programas, han sido muy claros los conceptos que hemos tratado. Gracias por este tiempo de charla y también por tratar de ir aclarando y enseñando a las personas de qué forma pueden hacer valer sus derechos y también seguir apostando a la familia y a lo que Dios ama también. Muchas gracias. Amigas, las invitamos a que no se pierdan el próximo programa en el que estaremos compartiendo más Entre Amigas. ¡Hasta la Próxima!

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